El divorcio, además de ser un choque emocional, muchas veces termina por convertirse en una pesadilla financiera para los involucrados. Pero ¿qué pasa con el Seguro de Vida en el proceso de divorcio y después?
En Chile durante 2015 se llevaron a cabo más de 70.000 divorcios, según datos del Poder Judicial publicados por El Mercurio en marzo de 2016, de los cuáles el 60% fueron por mutuo acuerdo. ¿Qué pasa con los beneficiarios del seguro de vida? ¿Y la ex pareja? ¿Se debe hacer algún trámite adicional? En caso de haber contratado uno Seguro de Vida durante el matrimonio, es primordial poner sobre la mesa las nuevas condiciones de la póliza, especialmente cuando hay hijos menores de por medio.
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¿Qué es la Calificación de Riesgo para el Seguro de Vida?
Cuando contratas un Seguro de Vida estando casado(a), generalmente dejas a tu cónyuge como beneficiario. Al momento del divorcio, es recomendable revisar cómo están presentados los beneficiarios en la póliza para aclarar cualquier duda futura que se pueda presentar en caso de fallecimiento del titular.
Vale la pena tener la (el) ex como beneficiario?
En algunos casos podría ser necesario, teniendo en cuenta la edad de los hijos y los términos en los que se lleve a cabo el divorcio. Si el titular llegara a fallecer luego del divorcio y los hijos aún son menores de edad, debes tener en cuenta que el dinero no podrá ser entregado a ellos sino que serán resguardados en un fideicomiso. Evalúa mantener un beneficiario como representante designado con el fin de ayudar a mantener la calidad de vida y los estudios de los hijos con la ex pareja.
¿Hay alguna posibilidad de mantener al (el) ex como beneficiario, pero sólo por un tiempo?
Sí. Algunas aseguradoras ofrecen seguros de vida temporales, los cuales brinda cobertura durante un periodo estipulado. Es importante tener claridad sobre estos plazos al momento del divorcio.
¿Se pueden cambiar los nombres puestos como beneficiarios o herederos?
Si es posible. Todas las veces que el titular lo considere necesario. Para esto se debe informar a la compañía por medio de los canales dispuestos para esto. Por lo general es necesario ingresar esta información en un formulario y dos personas (distintas a los beneficiarios) tendrán que ser testigos de dicha modificación.
¿Qué pasa si ya se ha establecido una nueva familia e incluso otros hijos con la nueva relación, la (el) ex todavía tiene derecho a un seguro de vida?
Para la ley, no importar el tiempo que haya transcurrido luego del divorcio y si se han formado nuevas familias. Si se demuestra que la (el) ex pareja (a) depende económicamente de la persona que murió, el seguro de vida ofrecerá la indemnización que corresponda. Se tendrán que presentar los recibos o boletas que soporten los pagos de pensión alimenticia, supermercado, alquiler, entre otros.
¿Y qué pasa con la (el) compañero (a) del presente?
La póliza será dividido entre la (el) ex y la (el) compañera(o) actual, en caso de no haber hecho las modificaciones correspondientes en la póliza antes de la muerte del titular. Sólo será posible incluir beneficiarios si se demuestra su dependencia financiera del titular, como se ha explicado anteriormente.
Es importante recordar que la mayoría de los seguros proporcionan cobertura por muerte accidental, la cobertura por muerte natural debe ser contratada de manera específica.
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